viernes, 28 de diciembre de 2007

....SOBRE LA PERSONALIZACIÓN DE LA VIVIENDA..-.Santiago Cirugeda.......

Individualización de vivienda dentro de un edificio en copropriedad.























Propuesta basada en un nuevo tipo de estatuto de vivienda dentro del régimen de copropiedad, que permite la individualización de fachadas y cubiertas.
Ya sea en edificios de nueva planta o edificios ya consolidados, y asumiendo desde el inicio o modificándolos por parte de los distintos copropietarios estos estatutos, se abre la posibilidad de que un propietario modifique su fachada y haga uso de su parte proporcional de cubierta, (salvando espacios de circulación comunes) según sus intereses personales, pero dentro del marco normativo que el plan general urbano y sus normas de la edificación permitan.
Más allá de diseño ofrecido por las imágenes, se abre una posibilidad dentro del código civil que nunca antes se había contemplado.

// Fachada como elemento privativo.

La necesidad de compartir elementos de un edificio entre todos aquellos propietarios de los pisos que lo forman, hace regular el derecho de copropiedad por el régimen de propiedad horizontal. Mas allá de la superficie de los espacios comunes que cada edificio consolidado o en proyecto contengan, definimos elementos que tradicionalmente han sido considerado por el código civil como “comunes”, de modo “privativo”, como las fachadas o las cubiertas.

Para ello hacemos una revisión normativa y nos apoyamos, sobre todo, en la voluntad común de los particulares que así hayan decidido adquirir una nueva promoción que tenga estos nuevos estatutos de propiedad, o que siendo un edificio ya consolidado se llegan al acuerdo unánime del cambio de los antiguos por los aquí propuestos.

Continúa en: http://www.recetasurbanas.net/home_b3.html

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